Estado de Compromiso:

Finalizado

Eslabon de la cadena productiva

Proceso

Instrumentos Necesario

Infraestructura

Clasificación Empresa

Transversal

Ámbito

Fomento de la producción nacional

Sector

Consejo Consultivo Productivo Tributario (CCPT)

1976
2018-03-28
Fecha de Cumplimiento: 2018-06-22 18:58:29

Responsable Corresponsable
MEER

Evento: Consejo Consultivo Productivo Tributario (CCPT)-Nacional
Provincia: Nacional
Líder de Mesa: Secretario ad-hoc
Sistematizador de Mesa: Secretario ad-hoc

ENTORNO PRODUCTIVO
Identificar e implementar mecanismos para reducir los costos de energía para el sector productivo.
Reducir los costos adicionales a los servicios de energía eléctrica (tasas adicionales de recolección de basura): - Buscar acercamientos con los Municipios para lograr acuerdos. - Reformar a través de la Asamblea Nacional el COOTAD para incluir mecanismos de gradualidad de las tasas municipales.
Reducir costos de energía en sector productivo.

3 Ordenado desde la más reciente
Actividades
Fecha de Inicio: 2018-06-22 18:58:29
Ejecutor: MEER

Con estas acciones, esta Cartera de Estado da cumplimiento a esta propuesta.



Archivos:
Fecha de Inicio: 2018-06-22 18:57:57
Ejecutor: MEER

Sobre la propuesta "Reformar a través de la Asamblea Nacional el COOTAD para incluir mecanismos de gradualidad de las tasas municipales":

No corresponde al Ministerio de Electricidad y Energía Renovable - MEER la reforma al COOTAD, el Consejo Consultivo debe manejarlo directamente con los GAD´s para homologar el cálculo respectivo, considerando que cada GAD maneja su propia Ordenanza.


Fecha de Inicio: 2018-06-22 18:56:21
Ejecutor: MEER

En relación a la propuesta sobre "Reducir los costos adicionales a los servicios de energía eléctrica (tasas adicionales de recolección de basura): -Buscar acercamientos con los Municipios para lograr acuerdos.":

La aplicación del pliego tarifario 2018, representará una reducción anual de alrededor de USD 85 millones, aporte directo del sector eléctrico en beneficio del sector productivo. La Asamblea Nacional reformó el artículo 32 de la Ley de Defensa Contra Incendios, con lo que se hizo mandatorio el cobro de este servicio a través de las Empresas Eléctricas de Distribución. El valor de este tributo está definido por Ley.

En el caso de la tasa de recolección de basura, el ARCONEL ha autorizado la renovación de los convenios por los siguientes 3 años para la recaudación de esta tasa a través de las Distribuidoras. El valor de la tasa de recaudación lo establece cada GAD Municipal, las Empresas Distribuidoras realizan el análisis del valor a fin de evitar que el valor total a pagar se incremente se manera considerable y los usuarios asuman que corresponde a un incremento de la planilla eléctrica. Cuando un GAD Municipal va a cobrar el servicio por primera vez a través del sector eléctrico se solicita se realicen las socializaciones adecuadas para aclarar que el valor corresponda a la tasa de recolección de basura.